Salario para las amas de casa
- María Velazco
- 14 may 2018
- 4 Min. de lectura
Con todo el tema del día de la madre a flor de piel, ha vuelto a salir a la vista la gran idea de los “progres” y feministas de pagarle el sueldo mínimo a la encargada del hogar. Esas madres de familia que no trabajan en un centro laboral. Aquellas que se encargan de velar por el bienestar del hogar desde dentro. Mencionan, como argumento, que esas mujeres encargadas de organizar una casa, de cuidar a los niños, de preparar la comida, de lavar la ropa, de lavar los trastes, de ordenar los cuartos, etc., de todas aquellas actividades que conllevan a que una casa se vuelva un lugar idóneo en donde formar una familia, no son valoradas por el arduo trabajo que hacen. Les parece injustificable que sean abusadas de esa forma, mientras que lo único que hace el hombre es traer el sustento diario para la familia (menciono hombre, porque no ha aparecido, hasta ahora, una propuesta para que el hombre que se queda en casa cuidando a los niños reciba un sueldo mínimo). ¡Pobres mujeres! ¿No? Consideran ellos –progres y feministas- que es machismo, que es violencia de género, que se les opaca sus derechos. Llegaron a opinar, inclusive, que sea el esposo quien pague el “sueldo” a su esposa.
Asimismo, nuestro congresista Yhony Lescano, promovió un proyecto de Ley en donde, bajo el argumento del reconocimiento del trabajo de las amas de casa (refiriéndose solo a la mujer nuevamente), se les entregaría una subvención mensual que correspondería al 70% de la retribución mínima vital que es S/ 930.00, lo cual es S/ 651.00. La cual sería pagada con dinero público. ¿Esto es bueno? Se tendría que analizar.

Por un lado, tratando de entender la lógica progresista que rápidamente a calado en las mentes de la juventud y de algunas generaciones mayores, surgen las siguientes preguntas. ¿Es cierto que la mujer es abusada por el hecho de tener que organizar la casa y tiene que existir una Ley que la proteja del abuso de su propia pareja? No. No es cierto. En primer lugar, en el Código Civil peruano, en su artículo 290°, se lee la sumilla Igualdad en el hogar, en la cual se establece que ambos cónyuges tienen en el deber y el derecho de participar en el gobierno del hogar y de cooperar al mejor desenvolvimiento del mismo. Además, faculta a ambos cónyuges a decidir sobre la economía familiar. Estas palabras sacadas de nuestro cuerpo legislativo en materia civil aclaran un asunto importante. Nos dice que tanto el esposo como la esposa tiene el derecho de decidir cuál es la mejor forma de gobernar el hogar. Ambos tienen el respaldo del Estado para tomar decisiones sobre el manejo del seno familiar. Aclarado este tema, otro artículo interesante, del mismo cuerpo legal, referente a la pregunta planteada es el 291°, el cual nos dice que, si uno de los cónyuges se dedica exclusivamente al trabajo del hogar y al cuidado de los hijos, la obligación de sostener a la familia recae sobre el otro, sin perjuicio del apoyo mutuo que se deben en otros campos. Esto quiere decir, por ejemplo, que si es la esposa quien se queda en casa, entonces será el esposo el obligado a velar económicamente por la familia. Este concepto se refiere no solo al comprar los víveres y la ropa necesarios para subsistir. Si la posibilidad económica del cónyuge que trabaja lo permite, también es su deber las actividades recreativas de la familia (la esposa es parte de la familia). Es decir, el esposo deberá mantener a la esposa, lo cual incluye comida, vestimenta, salidas, etc. y viceversa, si es el esposo quien se queda en casa. Por lo tanto, no hay necesidad de una nueva Ley que “valore” el trabajo que las amas de casa hacen. Ya existe una norma y es aún mejor. No solo valora a las amas de casa, sino también a aquellos hombres que se quedan en el hogar. Esa norma es el artículo 291° de nuestro Código Civil, mencionado líneas arriba. Otra pregunta interesante es ¿Debería ser el esposo quien pague este “salario”? Antes de entrar en un tema jurídico, razonemos esta pregunta con un poco de lógica. Un gran sector de la población peruana solo percibe el salario mínimo vital que es de S/ 930.00 soles. Dentro de ese sector hay también personas encargadas del sostenimiento de sus hogares. Dentro de esas personas están aquellos padres que se encargan de sostener a sus familias. Ahora, los “progres” quieres que esos padres, prácticamente, les traspasen sus sueldos a sus esposas en forma de “pago”, porque ellas lavan, planchan, cocinan, limpian, etc. Sin embargo, hay que detenernos un momento a pensar en ello. Esas mujeres que se han quedado en el hogar tienen el derecho a que sus esposos las mantengan, PERO ellas tienen la OBLIGACIÓN de cumplir con las labores del hogar. Así que, lo que realmente están pidiendo es un pago por algo que es su deber. Entonces, ¿yo puedo pedir que me paguen por estudiar? Luego, esta contra-prestación devengaría en un contrato verbal de trabajo, pero contrato al fin. Lo cual está prohibido a realizarse entre cónyuges, por lo que ambos comparten una misma esfera patrimonial y los mismos fines económicos.
Nadie dice que no existan casos en donde la mujer, o el hombre que se queda en el hogar, sea abusada o menospreciada, pero eso no se arregla con una Ley que les de un sueldo. Eso se cambia con la educación de las personas. Haciendo entender que hombres y mujeres somos iguales en derecho, aunque seamos diferentes física y mentalmente.
Por último, con respecto a la gran idea del señor congresista Lescano. Les dejo unas preguntas de reflexión. ¿Cuál es la mejor forma de disminuir el índice de pobreza en el país? ¿Regalar dinero o educar a la población y que se conviertan en personas auto sostenibles?
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